Sucesión hereditaria
- Fecha
- 16 de mayo de 2018
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Sucesiones y donaciones
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 12658-2016
- Primera instancia
- 26º Juzgado Civil de Santiago, Rol 11575-2014
- Ministros
- Daniel Peñailillo Arévalo, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Rodrigo Correa González, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rodrigo Correa González
- Descriptores
- Sucesión hereditaria · Herencia · Sucesión por causa de muerte · Asignaciones · Reforma de testamento
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 34269-2017, 16 de mayo de 2018, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 34269-2017
- Casación en el fondo Derecho real de herencia 16 may 2018
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia de treinta de agosto de dos mil dieciséis, del Vigesimosexto Juzgado Civil de Santiago, con excepción de sus considerandos undécimo y siguientes.
Y teniendo además presente lo razonado en los considerandos segundo, cuarto, quinto y sexto de la sentencia que antecede, se revoca la sentencia apelada y en su lugar se acoge la demanda de reforma de testamento deducida por nombre reservado, nombre reservado y nombre reservado en contra de nombre reservado y nombre reservado y se declara sin efecto el usufructo testamentario constituido a favor de este último en la cláusula octava del testamento abierto ordenado por don nombre reservado con fecha 19 de abril de 2013.
Sentencia redactada por el abogado integrante señor Rodrigo P. Correa G.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Rol N° 34.269-2017.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D., y Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Rodrigo Correa G.
No firman los Abogados Integrantes Sres. Peñailillo y Correa, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.