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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 40097-201711 sep 2018
Fecha
11 de septiembre de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Deslindes
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Temuco, Rol 172-2017
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Temuco, Rol 1173-2008
Ministros
Antonio Barra Rojas, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Antonio Barra Rojas
Descriptores
Deslindes · Abandono del procedimiento · Demarcación de deslindes · Citación a las partes a oir sentencia · Objeto de la acción de demarcación · Procedencia de la acción de demarcación · Acción de demarcación y cerramiento · Acogido recurso de casación en el fondo · Acción de demarcación y deslindes · Demarcación y cerramiento · Requisitos de la acción demarcatoria
Cita
Corte Suprema, Rol N° 40097-2017, 11 de septiembre de 2018, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 40097-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, once de septiembre de dos mil dieciocho.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Lo razonado en los motivos quinto a décimo del fallo de casación que antecede, que se dan por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado la resolución de veintiséis de enero de dos mil diecisiete, rolante a fojas 262 y siguientes, que desestima el incidente de abandono del procedimiento promovido a fojas 178, debiendo el tribunal de la causa disponer lo necesario para dar debida prosecución al juicio.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del abogado integrante señor Barra R.

N° 40.097-2017.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Sra. Rosa Egnem S. y Abogado Integrante Sr. Antonio Barra R.

No firman la Ministra Sra. Egnem y el Abogado Integrante Sr. Barra no obstante ambos haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal la primera y ausente el segundo.