Resoluciones recurribles
El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.
- Fecha
- 3 de octubre de 2018
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Inadmisible
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado / nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 201-2018
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de Valparaíso, Rol 1708-2017
- Ministros
- Daniel Peñailillo Arévalo, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Leonor Etcheberry Court, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Descriptores
- Recurso de casación en el fondo · Resoluciones recurribles · Sentencia interlocutoria · Acción ejecutiva · Admisibilidad del recurso de casación en el fondo · Sentencia definitiva · Falta de emplazamiento · Incidente de nulidad procesal · Sentencia interlocutoria que hace imposible la continuación del juicio · Naturaleza jurídica de las resoluciones judiciales · Nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 18737-2018, 3 de octubre de 2018, «/»
Texto íntegro
Santiago, tres de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
1°.- Que en este procedimiento tramitado ante el 2° Juzgado Civil de Valparaíso bajo el Rol C-1708-2017, caratulado “nombre reservado con nombre reservado”, la parte demandada deduce casación en el fondo contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la de primer grado, que rechazó dos incidentes de nulidad planteados por esa parte, uno por falta de emplazamiento válido y el otro por infracción de reglas procesales en la publicación de la subasta.
2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que procede el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia.
3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, como tampoco ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación.
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Danilo Quiroga Arellano contra la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso con fecha veintidós de junio de dos mil dieciocho.
Regístrese y devuélvase vía interconexión.
N° 18.737-2018