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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 22885-20186 nov 2018

Naturaleza jurídica de la resolución impugnada

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
6 de noviembre de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Naturaleza jurídica de la resolución impugnada
Carátula
Macro Consultores S.A./RSM Chile Auditores Limitada
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 2262-2018
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 3557-2017
Ministros
Daniel Peñailillo Arévalo, Héctor Carreño Seaman, Leonor Etcheberry Court, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 767, 782
Descriptores
Inadmisibilidad del recurso de casación en el fondo · Naturaleza jurídica de la resolución impugnada · Resoluciones susceptibles de recurso de casación en el fondo · Gestión preparatoria de notificación judicial de factura · Resolución que resuelve incidente de nulidad de todo lo obrado
Cita
Corte Suprema, Rol N° 22885-2018, 6 de noviembre de 2018, «Macro Consultores S.A./RSM Chile Auditores Limitada»

Texto íntegro

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Santiago, seis de noviembre de dos mil dieciocho.

Vistos y teniendo presente:

1°.- Que en este procedimiento tramitado digitalmente ante el Primer Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol N° C-3557-2017, caratulado “Macro Consultores S.A. con RSM Chile Auditores Limitada”, el requerido recurre de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad que confirmó la de primer grado que declaró la nulidad de todo lo obrado en el proceso en relación a la impugnación de factura y dejó sin efecto a partir de la resolución que confirió traslado de la impugnación, retrotrayendo el juicio al estado de proveer derechamente la solicitud deducida por el demandado.

2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia.

3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia como tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, teniendo además presente que el proceso forma una unidad entre la gestión preparatoria y el juicio ejecutivo que se prepara, razones por las cuales el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el requerido contra la sentencia de veinticuatro de julio de dos mil dieciocho.

Regístrese y devuélvase vía interconexión.

N°22.885-2018