- Fecha
- 21 de noviembre de 2018
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Hipoteca
- Carátula
- nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Valdivia, Rol 193-2016
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Osorno, Rol 177-2015
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Arturo Prado Puga, Iñigo de la Maza Gazmuri, Leonor Etcheberry Court, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Arturo Prado Puga
- Disidencia
- RICARDO LUIS HERNÁN BLANCO HERRERA,ANDREA MARÍA MERCEDES MUÑOZ SÁNCHEZ
- Descriptores
- Hipoteca · Tierras indígenas · Regularización de la pequeña propiedad raíz · Compraventa de inmueble · Mapuches Huilliches · Reclamo contra conservador de bienes raíces · Negativa del conservador a practicar inscripción · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 38317-2016, 21 de noviembre de 2018
Historia del caso
En el mismo rol 38317-2016
- Casación en la forma y en el fondo Objeto ilícito 21 nov 2018
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia del grado, con excepción de sus considerandos quinto a noveno, que se eliminan.
Y teniendo, en su lugar y, además, presente:
1°) Los motivos quinto, sexto y séptimo de la sentencia de casación.
2°) Que, de lo reflexionado, se desprende que el Conservador de Bienes Raíces de Osorno no se encontraba facultado para negarse a inscribir la escritura de compraventa y constitución de hipoteca celebrada entre nombre reservado y doña nombre reservado y Soluciones Aval S.A.G.R.
Por estos fundamentos, disposiciones legales citadas y lo preceptuado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de doce de abril de dos mil dieciséis, escrita a fojas 46, en cuanto rechaza el reclamo deducido y, en su lugar, se declara que se lo acoge y se instruye al Conservador de Bienes Raíces de Osorno para que proceda a inscribir la escritura de compraventa y constitución de hipoteca de fecha 29 de septiembre de 2015.
Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Blanco y de la ministra Sra. Muñoz¸ quienes estuvieron por confirmar la sentencia que se revisa, en atención a sus propios fundamentos y aquellos consignados en el fallo de casación que antecede.
Redacción a cargo del ministro señor Arturo Prado Puga.
Regístrese y devuélvase.
N° 38.317-16.-
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., señor Arturo Prado P., y los abogados integrantes señora Leonor Etcheberry C., y señor Iñigo De la Maza G. No firma el Ministro señor Prado y el Abogado Integrante señor De la Maza, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar en comisión de servicios el primero y por estar ausente el segundo. Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho.