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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 29380-201827 nov 2018

Queja

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
27 de noviembre de 2018
Recurso
Queja
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Carátula
nombre reservado/nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Valdivia, Rol 764-2018
Primera instancia
1º Juzgado de Letras de Osorno, Rol 2978-2018
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Jorge Dahm Oyarzún, Juan Fuentes Belmar, Ricardo Abuauad Dagach, Rodrigo Biel Melgarejo
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código Orgánico de Tribunales: arts. 545, 549
Descriptores
Inadmisibilidad del recurso · Inadmisibilidad del recurso de queja
Cita
Corte Suprema, Rol N° 29380-2018, 27 de noviembre de 2018, «/»

Texto íntegro

Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho.

Vistos y teniendo presente:

1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno.

2º.- Que en la especie, el libelo incoado por la abogada Margarita Sánchez Sáez, en autos Rol Nº C-2978-201 seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Osorno, lo ha sido respecto de una resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia que rechazó un recurso de reposición en contra de la resolución que tuvo por no presentado un incidente de recusación.

3º.- Que de lo expuesto se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, ya que no pone término al juicio, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por la abogada Margarita Sánchez Sáez.

Al primer otrosí: a sus antecedentes.

Al segundo y tercer otrosí: estese al mérito de autos.

Al cuarto otrosí: téngase presente.

Regístrese y archívese.

Rol N° 29.380-18.-