- Fecha
- 25 de febrero de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Pagaré
- Carátula
- Banco Santander Chile con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Talca, Rol 5260-2017
- Primera instancia
- 4º Juzgado de Letras de Talca, Rol 2906-2016
- Ministros
- Diego Munita Luco, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Descriptores
- Pagaré · Instrumento privado suscrito ante notario · Firma autorizada ante notario
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 16444-2018, 25 de febrero de 2019, «Banco Santander Chile con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 16444-2018
- Casación en el fondo Cláusula penal 25 feb 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE:
Lo expresado en los razonamientos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del fallo de casación que antecede, de los cuales se desprende que no se han verificado, en el caso en estudio, las exigencias que hacen procedente la excepción opuesta por la parte ejecutada, de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva absolutamente, por los fundamentos que le sirvieron de sustento.
Y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se dispone que se confirma la sentencia apelada, de doce de septiembre de dos mil diecisiete.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Diego Munita.
Rol N°. 16.444-2018.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., y el Abogado Integrante Sr. Diego Munita L. No firman los Ministros Sr. Carreño y Sra. Maggi, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos haciendo uso de su respectivo feriado legal. Santiago, veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.