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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 45023-201721 mar 2019
Fecha
21 de marzo de 2019
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Indemnización de perjuicios
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Temuco, Rol 363-2017
Primera instancia
1º Juzgado de Letras de Angol, Rol 404-2015
Ministros
Diego Munita Luco, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Juan Fuentes Belmar
Descriptores
Indemnización de perjuicios · Responsabilidad extracontractual · Responsabilidad Civil
Cita
Corte Suprema, Rol N° 45023-2017, 21 de marzo de 2019, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 45023-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

1

Santiago, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia apelada, de fecha treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, que se lee a fojas 183 y siguientes, con excepción de los considerandos 10°, 19°, 20°, 21°, 22°, 23°, 24° y 25°, que se eliminan.

Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

Lo razonado en los basamentos séptimo a vigésimo primero, vigésimo tercero y vigésimo cuarto de la sentencia de casación que antecede, las normas legales citadas y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, escrita a fojas 183 y siguientes, que rechazó la demanda.

Regístrese y devuélvase con su agregado.

Redacción a cargo del ministro señor Juan Eduardo Fuentes B.

Rol 45.023-17

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros, Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B. y Abogado Integrante Sr Diego Munita L.

No firma el Ministro Sr. Carreño, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicio.