Indemnización de perjuicios
- Fecha
- 24 de junio de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con Rendic Hermanos S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Punta Arenas, Rol 14-2018
- Primera instancia
- 3º Juzgado de Letras de Punta Arenas, Rol 992-2016
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Jean Matus Acuña, Juan Fuentes Belmar, Juan Muñoz Pardo, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Jean Matus Acuña
- Descriptores
- Indemnización de perjuicios · Ausencia de culpa · Responsabilidad por el hecho ajeno · Elementos de la responsabilidad extracontractual · Responsabilidad Civil · Inexistencia de la relación de causalidad
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 4587-2018, 24 de junio de 2019, «con Rendic Hermanos S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 4587-2018
- Casación en el fondo Indemnización de perjuicios 24 jun 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinticuatro de junio de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de su basamentos décimo cuarto a vigésimo, que se reemplazan por lo expresado en los motivos cuarto a décimo tercero del fallo de casación que antecede y se dan por íntegramente reproducidos.
Y visto además lo previsto en los artículos 144, 186, 223, 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de dos de diciembre de dos mil diecisiete y en cuanto acogió la demanda de autos y en su lugar se declara que se la rechaza, sin costas, por haber tenido la demandante motivo plausible para litigar.
Regístrese y devuélvase.
Redacción del abogado integrante señor Matus.
N° 4.587-2018.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Abogado Integrante Sr. Jean Pierre Matus A.
No firma el Abogado Integrante Sr. Matus no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.