Ocupación ilegal
- Fecha
- 4 de mayo de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Tema
- Ocupación ilegal
- Carátula
- Generacion Consultores Limitada con nombre reservado (p)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 4186-2018
- Primera instancia
- 20º Juzgado Civil de Santiago, Rol 31396-2016
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Antonio Barra Rojas, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Normas aplicadas
- Código Civil: art. 2195
- Descriptores
- Ocupación ilegal · Recurso de casación en el fondo · Precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Bien inmueble · Título justificativo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 15429-2018, 4 de mayo de 2020, «Generacion Consultores Limitada con (p)»
Historia del caso
En el mismo rol 15429-2018
- Casación en el fondo Ocupación ilegal 4 may 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinte.
En razón de lo precedentemente resuelto y de conformidad con lo que prevé el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta a continuación la sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la parte expositiva y los considerandos primero a séptimo y duodécimo de la sentencia dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago y los motivos segundo a noveno de la sentencia de casación que antecede, los que se dan por expresamente reproducidos.
Y se tiene, además, presente:
1° Que el precario es una cuestión puramente de hecho en que el precarista permanece en el inmueble por mera tolerancia del dueño, habiéndose acreditado que la demandada comenzó a ocuparlo justificadamente, sin embargo, los títulos en los que sostuvo su defensa, perdieron su eficacia, en el que se mantiene, por tanto, por mera tolerancia de la demandante.
2° Que, en consecuencia, concurren los requisitos para hacer lugar a la acción de precario.
Por estas razones y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de uno de febrero de dos mil dieciocho.
Acordada con el voto en contra de la ministra señora Muñoz quien fue de opinión de revocarla y rechazar la demanda, atendido los razonamientos vertidos en la disidencia desarrollada en la sentencia de casación.
Regístrese y devuélvase.
Rol N°15.429-18.-
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Cecilia Repetto G., y el abogado integrante señor Antonio Barra R. No firma la Ministra señora Repetto, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con licencia médica. Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinte.