Tutela judicial efectiva
- Fecha
- 29 de mayo de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Sociedad Comercial Ofimarket Limitada con Diversey Industrial y Comercial Chile Limitada (V.A.)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 5494-2017
- Primera instancia
- 11º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7423-2014
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Arturo Prado Puga, Gloria Chevesich Ruiz, Julio Pallavicini Magnere, Leonor Etcheberry Court
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Disidencia
- ARTURO JOSÉ PRADO PUGA,JULIO EDGARDO PALLAVICINI MAGNERE
- Descriptores
- Tutela judicial efectiva · Sentencia definitiva · Derecho al debido proceso · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Solicitud de desarchivo · Demanda por competencia desleal · Principio pro actione
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 6433-2018, 29 de mayo de 2020, «Sociedad Comercial Ofimarket Limitada con Diversey Industrial y…»
Historia del caso
En el mismo rol 6433-2018
- Casación en el fondo Tutela judicial efectiva 29 may 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinte.
En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de remplazo:
Vistos:
Los fundamentos segundo a quinto de la sentencia de casación que antecede, que se dan por expresamente reproducidos.
Y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia en alzada, de siete de abril de dos mil diecisiete y, en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento opuesto por la demandada.
Acordado con el voto en contra del ministro señor Prado y del abogado integrante señor Pallavicini, quienes fueron de opinión de no dictar sentencia de reemplazo, atendidos los fundamentos expresados en su disidencia, los que se contienen en el fallo de casación.
Regístrese y devuélvase con su tomo I.
N°6.433-18.-
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., señor Arturo Prado P., y los Abogados Integrantes señora Leonor Etcheberry C., y señor Julio Pallavicini M. No firma el abogado integrante señor Pallavicini, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinte.