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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 10075-201913 jul 2020
Fecha
13 de julio de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Obligaciones y contratos
Tema
Incumplimiento contractual
Carátula
Sociedad de Inversiones Alidaulgini Limitada con Maestranza Maipu Ltda.
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 616-2018
Primera instancia
19º Juzgado Civil de Santiago, Rol 25357-2014
Ministros
Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Juan Fuentes Belmar, Juan Muñoz Pardo, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código Civil: arts. 1698, 2515
Código de Procedimiento Civil: art. 768
Descriptores
Incumplimiento contractual · Prescripción · Contrato de compraventa · Enriquecimiento sin causa · Obligación de entregar la cosa
Cita
Corte Suprema, Rol N° 10075-2019, 13 de julio de 2020, «Sociedad de Inversiones Alidaulgini Limitada con Maestranza Maipu…»

Historia del caso

En el mismo rol 10075-2019

  • Casación en el fondo Buena fe 13 jul 2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, trece de julio de dos mil veinte.

En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto y teniendo además presente:

Lo expresado en los motivos quinto a undécimo del fallo de casación que antecede y lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de agosto de dos mil diecisiete, escrita a fojas 495 y siguientes.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro Señor Juan Eduardo Fuentes Belmar.

N° 10.075-2019.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Sr. Juan Manuel Muñoz P.(s) y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.

No firma el Ministro (s) Sr. Muñoz no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber terminado su periodo de suplencia.