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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 30573-202019 nov 2020

Gestión preparatoria de notificación de protesto

Fecha
19 de noviembre de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Gestión preparatoria de notificación de protesto
Carátula
nombre reservado con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 5-2020
Primera instancia
8º Juzgado Civil de Santiago, Rol 33192-2019
Ministros
Arturo Prado Puga, Jorge Zepeda Arancibia, Juan Fuentes Belmar, Rafael Gómez Balmaceda, Rosa Egnem Saldias
Redacción
Jorge Zepeda Arancibia
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 434
Descriptores
Gestión preparatoria de notificación de protesto · Juicio ejecutivo. gestiones preparatorias · Gestión preparatoria de notificación judicial de protesto
Cita
Corte Suprema, Rol N° 30573-2020, 19 de noviembre de 2020, «con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 30573-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

En cumplimiento a lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.

VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado en los motivos tercero a noveno del fallo de casación que antecede y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 434 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, que rechazó la gestión preparatoria de la vía ejecutiva incoada mediante presentación de veinticinco de noviembre del mismo año, y se declara que se la acoge a tramitación, debiendo el juez no inhabilitado del tribunal de primer grado dictar la resolución que en derecho corresponda.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo del Ministro señor Jorge Zepeda A.

Nº 30.573-20.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Jorge Zepeda A. y Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez B.

No firman los Ministros Sra. Egnem y Sr. Fuentes no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos en comisión de servicio.