Gestión preparatoria de notificación de protesto
- Fecha
- 19 de noviembre de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 5-2020
- Primera instancia
- 8º Juzgado Civil de Santiago, Rol 33192-2019
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Jorge Zepeda Arancibia, Juan Fuentes Belmar, Rafael Gómez Balmaceda, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Jorge Zepeda Arancibia
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 434
- Descriptores
- Gestión preparatoria de notificación de protesto · Juicio ejecutivo. gestiones preparatorias · Gestión preparatoria de notificación judicial de protesto
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 30573-2020, 19 de noviembre de 2020, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 30573-2020
- Casación en el fondo Mérito ejecutivo 19 nov 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinte.
En cumplimiento a lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:
Lo expresado en los motivos tercero a noveno del fallo de casación que antecede y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 434 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de cinco de diciembre de dos mil diecinueve, que rechazó la gestión preparatoria de la vía ejecutiva incoada mediante presentación de veinticinco de noviembre del mismo año, y se declara que se la acoge a tramitación, debiendo el juez no inhabilitado del tribunal de primer grado dictar la resolución que en derecho corresponda.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del Ministro señor Jorge Zepeda A.
Nº 30.573-20.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Jorge Zepeda A. y Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez B.
No firman los Ministros Sra. Egnem y Sr. Fuentes no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos en comisión de servicio.