Excepción dilatoria de incompetencia relativa
- Fecha
- 11 de enero de 2021
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 2601-2019
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Valparaíso, Rol 3205-2017
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Jorge Zepeda Arancibia, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Rosa Egnem Saldias
- Descriptores
- Excepción dilatoria de incompetencia relativa · Acción declarativa de dominio · Medida prejudicial precautoria
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 14755-2020, 11 de enero de 2021, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 14755-2020
- Casación en la forma y en el fondo Prórroga de competencia 11 ene 2021
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, once de enero de dos mil veintiuno.
En cumplimiento de lo ordenado por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
VISTO:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus motivos 3° a 9°, que se eliminan.
Y SE TIENE, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:
Lo expuesto en los motivos séptimo a undécimo del fallo de casación que antecede y de conformidad, además, con lo que prescriben los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de nueve de septiembre de dos mil diecinueve y, en su lugar, se declara que se rechaza la excepción de incompetencia opuesta por los demandados, sin costas, por estimarse que tuvieron motivos plausibles para litigar.
Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Zepeda, quien en virtud de los fundamentos expresados en la disidencia que manifestó respecto del recurso de casación en el fondo, estuvo por confirmar la sentencia apelada.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción a cargo de la Ministra señora Rosa Egnem S. y del voto en contra su autor.
N° 14.755-20.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros, Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Jorge Zepeda A. (s) y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.
No firman los Ministros Sra. Egnem y Sr. Zepeda no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal la primera y haber terminado su periodo de suplencia el segundo.