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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 27638-20193 feb 2021
Fecha
3 de febrero de 2021
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Confesión de deuda
Carátula
Asesorias Profesionales e Inversiones Kallanka Limitada con Terraflax SpA (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 10203-2019
Primera instancia
3º Juzgado Civil de Santiago, Rol 17712-2019
Ministros
Arturo Prado Puga, Carlos Aránguiz Zúñiga, Jorge Lagos Gatica, Rafael Gómez Balmaceda, Rodrigo Biel Melgarejo
Redacción
Rafael Gómez Balmaceda
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 435
Descriptores
Confesión de deuda · Juicio ejecutivo. gestiones preparatorias · Gestión preparatoria de confesión de deuda
Cita
Corte Suprema, Rol N° 27638-2019, 3 de febrero de 2021, «Asesorias Profesionales e Inversiones Kallanka Limitada con…»

Historia del caso

En el mismo rol 27638-2019

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, tres de febrero de dos mil veintiuno.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Los razonamientos expresados en los motivos tercero a octavo del fallo de casación que antecede, se revoca la resolución de veinticinco de junio de dos mil diecinueve y en su lugar se declara que el tribunal deberá continuar con la sustanciación normal del procedimiento por juez no inhabilitado, dictando la resolución pertinente al tenor del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil.

Regístrese y devuélvase.

N° 27.638-2019.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Carlos Aránguiz Z.,, Sr, Arturo Prado P., Sr. Rodrigo Biel M. y Abogado Integrantes Sr. Jorge Lagos G. y Sr. Rafael Gómez B.

No firma el Ministro Sr. Aránguiz y el Abogado Integrante Sr. Lagos, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber fallecido el primero y ausente el segundo.