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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 12125-201920 may 2021
Fecha
20 de mayo de 2021
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Prescripción extintiva
Carátula
Exploraciones Mineras Nce Limitada con Inmobilairia Isidora Limitada
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 3882-2018
Primera instancia
30º Juzgado Civil de Santiago, Rol 14118-2013
Ministros
Arturo Prado Puga, Carlos Aránguiz Zúñiga, Diego Munita Luco, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias
Redacción
Diego Munita Luco
Descriptores
Prescripción extintiva · Simulación · Contrato de compraventa · Contrato de leasing · Subarrendamiento · Acuerdo verbal
Cita
Corte Suprema, Rol N° 12125-2019, 20 de mayo de 2021, «Exploraciones Mineras Nce Limitada con Inmobilairia Isidora Limitada»

Historia del caso

En el mismo rol 12125-2019

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiuno.

En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y

lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad con la ley.

VISTO:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del párrafo final del fundamento quincuagésimo primero que se elimina.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMAS PRESENTE:

PRIMERO: Lo expuesto en los motivos séptimo, octavo, noveno y décimo del fallo de casación que antecede, los que se tienen por reproducidos y como parte integrante de esta sentencia.

SEGUNDO: Que en el caso sub lite no ha transcurrido el plazo de cinco años de la prescripción alegada, desde que la obligación se hizo exigible cuando la demandada reclamó judicialmente la terminación del contrato de subarrendamiento y la restitución de los bienes, a inicios del año 2013, con la notificación de la demanda de autos, el 6 de noviembre de 2013.

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de uno de marzo de dos mil dieciocho, escrita a fojas 277 y siguientes.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Diego Munita.

Rol N° 12.125-2019.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Carlos Aránguiz Z., Sr. Arturo Prado P. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.

No firma el Ministro Sr. Aránguiz y el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber fallecido el primero y no estar disponible el dispositivo del segundo al momento de la firma.