Terminación del arrendamiento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2021
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 8480-2019
- Primera instancia
- 25º Juzgado Civil de Santiago, Rol 32292-2018
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Juan Muñoz Pardo, Juan Shertzer Díaz, Rodrigo Biel Melgarejo, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rosa Maggi Ducommun
- Descriptores
- Recurso de apelación · Admisibilidad del recurso de casación en la forma · Interposición conjunta de recursos · Terminación del arrendamiento · Forma de interposición del recurso
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 28211-2019, 1 de septiembre de 2021, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 28211-2019
- Casación en la forma y en el fondo Vicio de ultrapetita 1 sep 2021
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, uno de septiembre de dos mil veintiuno.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
Lo expresado en los motivos quinto a séptimo del fallo de casación que antecede y las argumentaciones expuestas por la demandada, se acoge el recurso de reposición que dedujo en contra de la sentencia de ocho de agosto de dos mil diecinueve y, en consecuencia, se deja sin efecto ese pronunciamiento en cuanto declaró inadmisible el recurso de casación en la forma que el demandado dedujo en el primer otrosí de la presentación de ocho de junio de ese año en contra de la sentencia de veintiséis de abril de la misma anualidad, y en su lugar se dispone traer los autos en relación para conocer también del referido arbitrio, conjuntamente con el de apelación, debiendo la Corte de Apelaciones de Santiago dictar lo que en derecho corresponde para la debida tramitación de la causa.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo de la ministra señora Maggi D.
N° 28.211-2019.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Maggi D., Sr. Arturo Prado P.,Sr. Rodrigo Biel M., Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Sr. Juan Pedro Shertzer D..
No firman la Ministra Sra. Maggi y el Ministro Sr. Shertzer no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal la primera y haber cesado en sus funciones el segundo.