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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 92025-202027 oct 2021
Fecha
27 de octubre de 2021
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Juicio ejecutivo
Carátula
Telefónica Empresas Chile S.A con Comercial Punto Rabie LTDA.(MED.PR.)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 6865-2020
Primera instancia
12º Juzgado Civil de Santiago, Rol 6502-2020
Ministros
Arturo Prado Puga, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui, Rosa Egnem Saldias
Redacción
Arturo Prado Puga
Disidencia
MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 435, 785
Descriptores
Juicio ejecutivo · Excepciones en el juicio ejecutivo · Dar curso a la demanda · Gestión preparatoria de confesión de deuda
Cita
Corte Suprema, Rol N° 92025-2020, 27 de octubre de 2021, «Telefónica Empresas Chile S.A con Comercial Punto Rabie LTDA.(MED.PR.)»

Historia del caso

En el mismo rol 92025-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Lo expuesto en los fundamentos tercero a octavo del fallo de casación que antecede, se revoca la resolución de veinticuatro de abril de dos mil veinte y se declara que el tribunal deberá dar curso a la solicitud formulada y continuar con la sustanciación normal del procedimiento por juez no inhabilitado, dictando la resolución pertinente al tenor del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil.

Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Silva, quien atendido lo señalado en su disidencia a propósito del recurso de nulidad, estuvo por confirmar la resolución que se revisa.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro Sr. Arturo Prado Puga y del voto en contra su autor.

N° 92.025-2020. –

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C. y Abogado Integrante Raúl Fuentes M.

No firma la Ministra Sra. Egnem, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.