Acción de nulidad
- Fecha
- 19 de enero de 2022
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 7011-2019
- Primera instancia
- 14º Juzgado Civil de Santiago, Rol 31533-2016
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Juan Muñoz Pardo, Mauricio Silva Cancino, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Juan Muñoz Pardo
- Disidencia
- ARTURO JOSÉ PRADO PUGA,MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
- Descriptores
- Acción de nulidad · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Receptor Judicial · Privilegio de pobreza · Sentencia de reemplazo · Corporación de asistencia judicial (caj)
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 79228-2020, 19 de enero de 2022, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 79228-2020
- Casación en el fondo Acción de nulidad 19 ene 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintidós.
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
Visto:
Teniendo presente lo expuesto en los fundamentos segundo, cuarto, quinto, sexto y séptimo del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos, se confirma la sentencia apelada de catorce de marzo de dos mil diecinueve.
Acordada con el voto en contra de los Ministros señores Prado y Silva, por los motivos ya expresados en la disidencia del fallo de casación.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo.
Rol N° 79.228-2020.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Maggi D., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.
No firman la Ministra Sra. Maggi y el Ministro Sr. Prado, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones la primera y estar con feriado legal el segundo.