Impulso procesal de carga del tribunal
- Fecha
- 18 de febrero de 2022
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Sercoven Ltda. con Intergrade S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 8358-2020
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de Santiago, Rol 20374-2018
- Ministros
- Diego Munita Luco, Eliana Quezada Muñoz, Hector Humeres Noguer, Leopoldo Llanos Sagrista, Mauricio Silva Cancino
- Redacción
- Mauricio Silva Cancino
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 152
- Descriptores
- Impulso procesal de carga del tribunal · Cobro de pesos · Abandono del procedimiento · Citación a oír sentencia · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 104557-2020, 18 de febrero de 2022, «Sercoven Ltda. con Intergrade S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 104557-2020
- Casación en el fondo Impulso procesal de carga del tribunal 18 feb 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad con la ley.
Visto y teniendo únicamente presente:
Lo expresado en los motivos cuarto a séptimo del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución de dos de junio de dos mil veinte, que acoge el incidente de abandono de procedimiento y, en su lugar, se declara que se niega lugar a dicho incidente, sin costas por estimarse que la demandada tuvo motivos plausibles para litigar.
Acordado con el voto en contra del ministro señor Silva quien fue del parecer de confirmar el fallo en alzada, en razón de los razonamientos expresados en el voto disidente de la sentencia que precede.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Mauricio Silva Cancino.
Regístrese y devuélvase.
Rol Nº 104.557-2020.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Mauricio Silva C., Sr. Leopoldo Llanos S., Sra. Eliana Quezada M. (s) y Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L. y Sr. Héctor Humeres N.
No firman la Ministra Sra. Quezada y el Abogado Integrante Sr. Humeres, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber terminado su periodo de suplencia la primera y ausente el segundo.