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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 53188-202124 may 2022

Procedimiento concursal persona deudora

Fecha
24 de mayo de 2022
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Procedimiento concursal persona deudora
Carátula
nombre reservado (L.V.)
Corte de origen
C.A. de Temuco, Rol 474-2021
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Temuco, Rol 4758-2020
Ministros
Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Guillermo Silva Gundelach, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
Diego Munita Luco
Disidencia
DIEGO ANTONIO MUNITA LUCO,MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
Descriptores
Procedimiento concursal persona deudora · Sentencia apelada revocada · Exclusión de créditos · Reorganización y liquidación de empresas y personas · Reclamo de exclusión
Cita
Corte Suprema, Rol N° 53188-2021, 24 de mayo de 2022, «(L.V.)»

Historia del caso

En el mismo rol 53188-2021

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTO:

Se reproducen los fundamentos primero a cuarto de la sentencia en alzada.

Asimismo, se reproducen los fundamentos quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo y undécimo del fallo de casación que precede.

Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de trece de abril de dos mil veintiuno y en su lugar se decide que se acoge el incidente de exclusión de crédito promovido por Banco Scotiabank Chile y, en consecuencia, el crédito con garantía estatal del cual es acreedor dicha institución, queda excluido del procedimiento de liquidación voluntaria.

Acordado con el voto en contra del ministro señor Silva Cancino y del abogado integrante señor Munita Luco, quienes de acuerdo a los razonamientos expresados en el voto de disidencia de la sentencia de nulidad que antecede, estuvo por mantener la confirmatoria del aludido fallo.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Diego Munita L.

Rol N° 53.188-2021.-