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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 56244-202131 ene 2023
Fecha
31 de enero de 2023
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Indemnización de perjuicios
Carátula
nombre reservado con Porkland de Chile S.A. y Otros
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 12556-2019
Primera instancia
28º Juzgado Civil de Santiago, Rol 16831-2018
Ministros
Arturo Prado Puga, Juan Muñoz Pardo, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Ricardo Alcalde Rodríguez
Redacción
Arturo Prado Puga
Descriptores
Indemnización de perjuicios · Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Impulso procesal · Resolución que acoge el incidente de abandono del procedimiento · Cómputo del plazo para decretar abandono del procedimiento
Cita
Corte Suprema, Rol N° 56244-2021, 31 de enero de 2023, «con Porkland de Chile S.A. y Otros»

Historia del caso

En el mismo rol 56244-2021

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTO:

Atendido lo razonado en los motivos cuarto a noveno del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos, y lo previsto además en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de dos de septiembre de dos mil diecinueve dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-16831-2018.

Regístrese y devuélvase vía interconexión.

Redacción a cargo del ministro señor Arturo Prado P.

N° 56.244-2021.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros. Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Soledad Melo L., Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Abogado Integrante Sr. Enrique Alcalde R.

No firman la Ministras Sra. Melo y el Abogado Integrante Sr. Alcalde no obstante ambas haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal la primera y ausente el segundo.