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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 52719-202121 abr 2023
Fecha
21 de abril de 2023
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Obligaciones y contratos
Tema
Responsabilidad extracontractual
Carátula
Iluistre Municipalidad de Lo Barnechea con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 7881-2019
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 13967-2017
Ministros
Arturo Prado Puga, Guillermo Silva Gundelach, Hector Humeres Noguer, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
Mauricio Silva Cancino
Normas aplicadas
Código Civil: art. 2461
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Descriptores
Responsabilidad extracontractual · Responsabilidad solidaria · Acción de reembolso · Contrato de transacción · Actuación de la municipalidad
Cita
Corte Suprema, Rol N° 52719-2021, 21 de abril de 2023, «Iluistre Municipalidad de Lo Barnechea con»

Historia del caso

En el mismo rol 52719-2021

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintitrés.

En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTO:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los motivos octavo a décimo cuarto, que se eliminan.

Y, se tiene en su lugar presente:

Lo razonado en los basamentos noveno a décimo noveno del fallo de casación que antecede, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de trece de mayo de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago en la causa rol C-13697-2017, que acogió la acción, y en su lugar se decide:

I. Que se rechaza la demanda interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea el 19 de junio de 2017.

II. Cada parte soportará sus costas.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo del ministro señor Silva Cancino.

N°52.719-21.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Repetto G., y el Abogado Integrante Sr. Héctor Humeres N.

No firman el Ministro Sr. Silva G. y el Abogado Integrante Sr. Humeres, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, el primero por haber cesado en sus funciones y el segundo por encontrarse ausente.