Contrato de arrendamiento
- Fecha
- 12 de mayo de 2023
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- Inmobiliaria Frankin nombre reservado Eirl con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 5762-2021
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 2065-2020
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Guillermo Silva Gundelach, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
- Redacción
- Mauricio Silva Cancino
- Descriptores
- Contrato de arrendamiento · Obligaciones y derechos del arrendatario · Acción de restitución de garantía · Mes de garantía · Responsabilidad contractual
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 92923-2021, 12 de mayo de 2023, «Inmobiliaria Frankin Eirl con»
Historia del caso
En el mismo rol 92923-2021
- Casación en la forma y en el fondo Ultra petita 12 may 2023
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, doce de mayo de dos mil veintitrés.
En cumplimiento a lo precedentemente resuelto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la parte final del párrafo primero del considerando décimo noveno, que comienza con “, y solo”, hasta “devuelto.”, que se elimina, y lo señalado en el considerando cuarto de la sentencia de casación que precede.
Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de dieciséis de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en cuanto ordenó la restitución del mes de garantía, y en su lugar se declara que se rechaza la demanda reconvencional también en aquella parte, confirmándose en lo demás la referida sentencia.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Mauricio Silva C.
Regístrese y devuélvase.
Rol Nº 92.321-23.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Repetto y los Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L.
No firma el Ministro Sr. Silva G, no obstante de haber concurrido a la vista de los recursos y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones.