Carabineros de Chile
- Fecha
- 26 de abril de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con Fisco de Chile
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 13878-2019
- Primera instancia
- 14º Juzgado Civil de Santiago, Rol 31314-2017
- Ministros
- Diego Munita Luco, Dobra Lusic Nadal, Gloria Chevesich Ruiz, Gonzalo Ruz Lártiga, María Gajardo Harboe
- Redacción
- Diego Munita Luco
- Descriptores
- Carabineros de Chile · Efectos del acto administrativo · Pensión de retiro · Retiro voluntario · Reliquidación de pensiones · Excepción de prescripción extintiva · Pensión de montepío · Equivalencia de grado · Exigibilidad del derecho · Personal en retiro · Dictación del acto administrativo · Departamento de pensiones de carabineros de chile
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 152901-2022, 26 de abril de 2024, «con Fisco de Chile»
Historia del caso
En el mismo rol 152901-2022
- Casación en el fondo Carabineros de Chile 26 abr 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro.
Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia de primera instancia en su parte expositiva, considerandos y citas legales, previa eliminación de sus fundamentos octavo y noveno; y de la sentencia de casación que antecede, se reproducen las motivaciones segunda, quinta, séptima y octava.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el treinta de julio de dos mil diecinueve en autos Rol C-31314-2017, caratulados “nombre reservado con Fisco”, seguidos ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago.
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 152.901-22
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., María Cristina Gajardo H., ministra suplente señor Dobra Lusic N., y los abogados integrantes señores Diego Munita L., y Gonzalo Ruz L. No firma la Ministra señora Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con permiso. Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro.