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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 194789-202316 may 2024
Fecha
16 de mayo de 2024
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Cumplimiento de requisitos legales
Carátula
Comunidad Condominio Antuhue con nombre reservado (gp)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 7888-2023
Primera instancia
15º Juzgado Civil de Santiago, Rol 4668-2023
Ministros
Arturo Prado Puga, Juan Fuentes Belmar, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
María Repetto García
Disidencia
MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 435, 786
Descriptores
Cumplimiento de requisitos legales · Confesión de deuda · Dar curso a la demanda · Gestión preparatoria de confesión de deuda · Tribunal no inhabilitado
Cita
Corte Suprema, Rol N° 194789-2023, 16 de mayo de 2024, «Comunidad Condominio Antuhue con (gp)»

Historia del caso

En el mismo rol 194789-2023

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTO:

Teniendo presente los razonamientos expresados en los motivos tercero a sexto del fallo de casación que antecede, se revoca la resolución apelada de veintisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el 15° Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° C-4668-2023 y, en su lugar, se declara que se debe continuar con la sustanciación normal del procedimiento por juez no inhabilitado, dictando la resolución pertinente al tenor del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil.

Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Silva, quien atendido lo señalado en su disidencia a propósito del recurso de nulidad, estuvo por confirmar la resolución que se revisa.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo de la Ministro Sra. María Angélica Repetto García y el voto de su autor.

Rol Nº 194.789-2023.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G. y señora María Soledad Melo L.

No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Fuentes B., por estar con feriado legal.