Acción de precario
- Fecha
- 12 de agosto de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de San Miguel, Rol 1303-2022
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Melipilla, Rol 3503-2020
- Ministros
- Eliana Quezada Muñoz, Juan Fuentes Belmar, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Juan Fuentes Belmar
- Descriptores
- Acción de precario · Contrato de promesa de compraventa · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Título emana anterior propietario · Justo título de ocupación · Requisitos del precario · Vínculo jurídico
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 222901-2023, 12 de agosto de 2024, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 222901-2023
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 12 ago 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, doce de agosto de dos mil veinticuatro.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde, de conformidad con la ley.
Visto y teniendo presente:
Lo razonado en los basamentos tercero a décimo del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de trece de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Melipilla, en los autos Rol 3503-2020.
Acordada con el voto en contra del ministro señor Juan Eduardo Fuentes y del abogado integrante señor Álvaro Vidal quienes fueron del parecer de revocar el fallo en alzada y, por lo tanto, acoger la acción de precario en base a los mismos argumentos expuestos en su disidencia estampada en el fallo de casación que antecede.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del ministro señor Juan Eduardo Fuentes B.
Rol Nº 222.901-2023.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Mauricio Silva C., señora María Soledad Melo L., señora Eliana Quezada M. (S) y el Abogado integrante señor Álvaro Vidal O.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Fuentes, por estar con licencia médica.