Acción ejecutiva
- Fecha
- 3 de septiembre de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Tesorería General de la Republica de Chile con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9809-2023
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7247-2021
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Juan Muñoz Pardo, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Álvaro Vidal Olivares
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
Ley N° 20.027: art. 13 - Descriptores
- Acción ejecutiva · Tesorería General de la República (TGR) · Crédito con garantía estatal · Excepción de prescripción extintiva · Financiamiento de estudios de educación superior · Imprescriptibilidad de la deuda · Excepciones en el juicio ejecutivo · Cobro de pagaré · Rechaza excepción de prescripción
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 231176-2023, 3 de septiembre de 2024, «Tesorería General de la Republica de Chile con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 231176-2023
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 3 sep 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, tres de septiembre de dos mil veinticuatro.
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los motivos cuarto al séptimo, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Lo expuesto en los motivos tercero al séptimo del fallo de casación que precede, que se tienen por reproducidos.
Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia definitiva de veintiséis de mayo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-7247-2021 por el Primer Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción del N° 17 del artículo 464 del código adjetivo y, en su lugar, se rechaza, ordenando seguir adelante con la ejecución, con costas.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción del fallo a cargo de abogado integrante Sr. Vidal.
N° 231.176-2023.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Soledad Melo L., señor Juan Manuel Muñoz P. (S) y el Abogado integrantes señor Álvaro Vidal O.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firman los Ministros señor Silva y señora Melo, por estar con feriado legal.