Prueba insuficiente
- Fecha
- 27 de septiembre de 2024
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Punta Arenas, Rol 269-2022
- Primera instancia
- Juzgado de Letras y Garantia de Porvenir, Rol 34-2021
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Juan Fuentes Belmar, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Arturo Prado Puga
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
- Descriptores
- Prueba insuficiente · Contrato de mandato · Acción de cobro de honorarios · Contrato de servicios profesionales · Servicios efectivamente prestados
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 147306-2023, 27 de septiembre de 2024, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 147306-2023
- Casación en la forma y en el fondo Error de derecho 27 sep 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Previa eliminación en la sentencia apelada del párrafo segundo del considerando duodécimo, del motivo décimo tercero, y el numeral IV de lo resolutivo, pasando el V a ser IV; lo señalado en los considerandos décimo a décimo tercero de la sentencia de casación que antecede, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de once de julio de dos mil veintidós, sólo en cuanto rechaza la demanda entablada por los motivos que se indicaron, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, en causa Rol C-34-2021,
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Arturo Prado Puga.
Rol N° 147.306-2023
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G. y el Abogado Integrante señor Rául Patricio Fuentes M.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Fuentes B., por estar en comisión de servicio y el Ministro señor Silva, por estar con permiso.