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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 48167-202415 oct 2024

Crédito con garantía estatal

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
15 de octubre de 2024
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Crédito con garantía estatal
Carátula
/nombre reservado
Corte de origen
C.A. de San Miguel, Rol 1619-2024
Primera instancia
2º Juzgado de Letras de San Bernardo, Rol 2680-2023
Ministros
Arturo Prado Puga, Juan Muñoz Pardo, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 767
Descriptores
Admisibilidad del recurso de casación en el fondo · Crédito con garantía estatal · Liquidación voluntaria · Exclusión de crédito · Resoluciones susceptibles de casación en el fondo · Procedimiento concursal de persona deudora · Reclamo de exclusión
Cita
Corte Suprema, Rol N° 48167-2024, 15 de octubre de 2024, «/»

Texto íntegro

Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

1°. - Que en la liquidación voluntaria de la persona deudora tramitado ante el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo bajo el Rol C-2680-2023, caratulado “/nombre reservado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por el acreedor Banco Scotiabank Chile S.A. en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que declaró inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación deducido contra aquella de primer grado de uno de agosto del año en curso, que rechazó la solicitud de exclusión del crédito con garantía estatal del procedimiento concursal.

2°. - Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia;

3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Gonzalo Salgado Barros, en representación del acreedor Banco Scotiabank Chile S.A., en contra de resolución de tres de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 48.167 – 2024.