Acción de cobro de pesos
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Talca, Rol 1832-2022
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Linares, Rol 777-2021
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Jessica González Troncoso, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Raúl Fuentes Mechasqui
- Descriptores
- Acción de cobro de pesos · Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Impulso procesal · Procedimiento ordinario de menor cuantía · Cesación en la prosecución del juicio · Rechaza incidente
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 5568-2024, 30 de diciembre de 2024, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 5568-2024
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 30 dic 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la resolución en alzada, a excepción de su motivo cuarto, que se elimina, y teniendo presente lo razonado en los basamentos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo de la sentencia de casación que antecede, que se dan por reproducidos, y lo previsto en las normas citadas y en los artículos 144 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés dictada por el Primer Juzgado de Letras de Linares, y en su lugar se decide que se rechaza el incidente de abandono del procedimiento interpuesto por la demandada.
Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Raúl Patricio Fuentes M.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Rol Nº 5.568-2024
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L., señora Jéssica González T. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firman los Ministros señor Prado y señora González, por estar con permiso.