Juicio especial
- Fecha
- 24 de enero de 2025
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Tema
- Juicio especial
- Carátula
- Cía. de Seguros de Vida Euroamerica S.A. con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 2444-2024
- Primera instancia
- 15º Juzgado Civil de Santiago, Rol 34444-2008
- Ministros
- Carlos Urquieta Salazar, Mario Carroza Espinosa, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Mario Carroza Espinosa
- Descriptores
- Juicio especial · Acción hipotecaria · Remate · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Cómputo del plazo · Rechaza incidente · Plazo para declarar el abandono · Ley general de bancos · Notificación de resolución judicial
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 20753-2024, 24 de enero de 2025, «Cía. de Seguros de Vida Euroamerica S.A. con»
Historia del caso
En el mismo rol 20753-2024
- Casación en la forma y en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 24 ene 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos quinto al noveno, que se eliminan.
Y teniendo en su lugar y, además, presente:
Lo razonado en los motivos segundo y cuarto al octavo del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos.
Y lo previsto además en los artículos 152, 153, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de once de enero de dos mil veinticuatro, rectificada el cinco de abril del mismo año, dictada en causa Rol C-34.444-2008 por el Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago.
Regístrese y devuélvase, con su agregado.
Redacción a cargo del ministro Sr. Carroza.
N° 20.753-2024.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y los Abogados integrantes señores Raúl Patricio Fuentes M. y señor Carlos Urquieta S.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con permiso.