Ir al contenido
BuscadorCivil

Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 22261-202417 feb 2025

Impulso procesal de carga del tribunal

Fecha
17 de febrero de 2025
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Impulso procesal de carga del tribunal
Carátula
nombre reservado con Fundo Rucahue S.A.
Corte de origen
C.A. de Valdivia, Rol 104-2024
Primera instancia
Juzgado de Letras de Mariquina, Rol 465-2021
Ministros
Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Álvaro Vidal Olivares
Redacción
María Melo Labra
Disidencia
MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 152, 785
Descriptores
Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Impulso procesal · Excepciones en el juicio ejecutivo · Rechaza incidente · Gestión preparatoria de notificación judicial de factura · Acción ejecutiva de cobro de factura
Cita
Corte Suprema, Rol N° 22261-2024, 17 de febrero de 2025, «con Fundo Rucahue S.A.»

Historia del caso

En el mismo rol 22261-2024

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos tercero al sexto, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y además presente:

Lo razonado en los motivos segundo y cuarto al octavo del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos.

Y lo previsto además en los artículos 152, 466, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de ocho de enero de dos mil veinticuatro dictada en causa Rol C-465-2021 por el Juzgado de Letras de Mariquina, que acogió el incidente de abandono del procedimiento y, en su lugar, se declara que se rechaza, sin costas, por haber tenido el incidentista motivo plausible para litigar.

Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Silva, quien estuvo por confirmar el fallo apelado, en virtud de los fundamentos expuestos en el voto disidente de la sentencia de casación.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo de la ministra Sra. Melo y la disidencia, de su autor.

Rol N° 22.261-2024.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Álvaro Vidal O. Santiago, 17 de febrero de 2025.