Acción declarativa de derechos
- Fecha
- 23 de abril de 2025
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Sucesiones y donaciones
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de San Miguel, Rol 1929-2022
- Primera instancia
- Juzgado de Letras de Peñaflor, Rol 2781-2018
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Mauricio Silva Cancino
- Descriptores
- Acción declarativa de derechos · Derecho de representación · Sucesión intestada · órdenes de sucesión · Tercer orden de sucesión · Concurrencia de los herederos por estirpe
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 6528-2024, 23 de abril de 2025, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 6528-2024
- Casación en el fondo Acción declarativa de derechos 23 abr 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco.
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia de alzada.
Asimismo, se sustituye en el motivo noveno, numeral tercero, el guarismo “15 de mayo de 2017” por “11 de mayo de 2017”; y en el fundamento décimo séptimo, párrafo tercero, penúltima línea, la expresión “al haber demostrarse” por “al haber demostrado”.
Y se tiene además presente:
Lo expuesto en los motivos segundo, y del sexto al undécimo del fallo de casación que precede, que se tienen por reproducidos.
Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de quince de septiembre de dos mil veintidós dictada en la causa Rol C-2781-2018, del Juzgado de Letras de Peñaflor.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del ministro Sr. Silva Cancino.
N° 6528-2024.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Carroza, por estar con feriado legal.