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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 7216-202627 feb 2026

Acción de indemnización de perjuicios

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
27 de febrero de 2026
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Acción de indemnización de perjuicios
Carátula
Inmobiliaria e Inversiones Rucalaf Limitada/nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 16535-2023
Primera instancia
10º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7429-2021
Ministros
Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 767
Descriptores
Admisibilidad del recurso de casación en el fondo · Acción de indemnización de perjuicios · Resolución que rechaza el incidente de abandono del procedimiento · Resoluciones susceptibles de casación en el fondo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 7216-2026, 27 de febrero de 2026, «Inmobiliaria e Inversiones Rucalaf Limitada/»

Texto íntegro

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Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis.

Visto y teniendo presente:

1° Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios seguido ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago, Rol C-7429-2021, caratulado “INMOBILIARIA E INVERSIONES RUCALAF LIMITADA/nombre reservado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, de veinte de enero de dos mil veintiséis, que confirmó la resolución de primera instancia, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento promovido por el recurrente.

2° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia.

3º Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Iván Larenas Lolas, en representación del demandado contra la sentencia de veinte de enero del año dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 7216-2026.