Falta de presupuestos de la acción
- Fecha
- 28 de mayo de 2026
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 2510-2023
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Quillota, Rol 1243-2011
- Ministros
- Hernán Crisosto Greisse, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
- Redacción
- María Melo Labra
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
- Descriptores
- Falta de presupuestos de la acción · Interpretación de cláusulas contractuales · Acción de cobro de honorarios · Procedimiento incidental · Contrato de servicios profesionales
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 9055-2025, 28 de mayo de 2026, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 9055-2025
- Casación en la forma y en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 28 may 2026
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veintiséis.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos octavo y noveno que se eliminan.
Y teniendo en su lugar, y además, presente:
1°) Lo expuesto en la sentencia de casación que antecede, se reproducen los considerandos séptimo a duodécimo.
2°) Que, de acuerdo a la interpretación del contrato habido entre las partes, en especial su cláusula sexta, queda de manifiesto que no se configura el supuesto requerido para la procedencia del honorario demandado, por lo que la acción impetrada no puede prosperar.
Y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de trece de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Quillota, y en su lugar se declara que se rechaza la demanda de cobro incidental de honorarios interpuesta por el abogado don Lautaro Carrera Caroca, en contra de la sucesión de doña nombre reservado, sin costas.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo de la ministra señora María Soledad Melo L.
Rol N° 9.055-2025
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y señor Hernán Crisosto G. (S).
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Silva, por estar con feriado legal y el Ministro señor Carroza, por haber cesado sus funciones.