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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 47552-202611 sep 2026

Acción de indemnización de perjuicios

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
11 de septiembre de 2026
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Acción de indemnización de perjuicios
Carátula
nombre reservado /nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Valparaíso, Rol 2511-2026
Primera instancia
Juzgado de Letras de Villa Alemana, Rol 1073-2025
Ministros
Arturo Prado Puga, Eliana Quezada Muñoz, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Roberto Contreras Olivares
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 767
Descriptores
Admisibilidad del recurso de casación en el fondo · Acción de indemnización de perjuicios · Resolución que se impugna no participa de la naturaleza jurídica requerida · Resolución que rechaza el incidente de abandono del procedimiento · Resoluciones susceptibles de recurso de casación en el fondo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 47552-2026, 11 de septiembre de 2026, «/»

Texto íntegro

Santiago, once de septiembre de dos mil veintiséis.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que revocó el fallo de primera instancia de veintitrés de junio de dos mil veintiséis, por el cual se acogió el incidente de abandono del procedimiento y en su lugar declaró que se rechaza el referido incidente.

2°- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia.

3º- Que la resolución impugnada por esta vía no comparte la naturaleza de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, no ha concluido el juicio, ni ha hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Ana Paula Núñez Ibarra, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, de fecha veinte de julio de dos mil veintiséis.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 47.552 - 2026