Indemnización de perjuicios
- Fecha
- 27 de enero de 2014
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con Administradora de Naves Humboldt Limitada y OTROS.
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 1226-2012
- Ministros
- Carlos Cerda Fernández, Guillermo Silva Gundelach, Jorge Baraona González, Nibaldo Segura Peña, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Guillermo Silva Gundelach
- Disidencia
- CARLOS JOSÉ CERDA FERNÁNDEZ
- Descriptores
- Indemnización de perjuicios · Contrato de transporte · Responsabilidad civil extracontractual · Acción de cobro de honorarios · Contrato de transporte de mercancías por mar · Tribunal competente y arbitraje forzoso · Acción de enriquecimiento sin causa (in rem verso) · árbitro de derecho · Excepción de incompetencia absoluta
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 8315-2012, 27 de enero de 2014, «con Administradora de Naves Humboldt Limitada y OTROS.»
Historia del caso
En el mismo rol 8315-2012
- Casación en el fondo Demanda reconvencional 27 ene 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de enero de dos mil catorce.
En cumplimiento a lo prevenido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo:
VISTOS:
Teniendo además en consideración lo expresado en los raciocinios tercero a octavo del fallo anulatorio precedente, y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia apelada de treinta de abril de dos mil doce, que se lee de fojas 455 a 458.
Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente don Carlos Cerda Fernández quien estuvo por confirmarla, sobre la base de lo que expuso en la disidencia del fallo de nulidad.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción del Ministro señor Guillermo Silva G. y del voto en contra, su autor.
Rol Nº 8315-12.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Carlos Cerda F. y Abogado Integrante Sr. Jorge Baraona G.
No firma el Ministro Sr. Cerda, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber concluido su periodo de suplencia.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintisiete de enero de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.