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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 1018

Código de Comercio, artículo 1018

Texto del artículo

Art. 1018. Cuando se estampe una reserva en el conocimiento de embarque u otro documento que haga prueba del contrato de transporte, dicha reserva deberá especificar las inexactitudes, los motivos de sospecha o la falta de medios razonables para verificar los datos del conocimiento o documento que fuera materia de la objeción.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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