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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 1203

Código de Comercio, artículo 1203

Texto del artículo

Art. 1203. El conocimiento de toda controversia que derive de hechos, actos o contratos a que dé lugar el comercio marítimo o la navegación, incluidos los seguros marítimos de cualquier clase, será sometido a arbitraje.

Lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable en los siguientes casos:

1º. Cuando las partes o interesados expresen su voluntad de someterse a la jurisdicción ordinaria, sea en el mismo acto o contrato que origine la controversia, por acuerdo que conste por escrito, anterior a la iniciación del juicio;

2º. Cuando se trate de perseguir responsabilidades de orden penal que pudieren originarse en los mismos hechos. En este caso, la acción civil podrá entablarse ante el tribunal que conoce del respectivo proceso criminal o ante el tribunal arbitral a que se refiere el inciso primero;

3º. Cuando se trate de los juicios que se mencionan en el párrafo 4° del título IX de la Ley de Navegación, o de aquellos que, en este mismo Libro, tienen señalado un procedimiento especial que deba seguirse ante un tribunal ordinario;

4º. Cuando se trate del Fisco o de controversias por responsabilidades que se cumplan ante organismos o servicios portuarios o aduaneros de carácter estatal, u obligaciones controladas por tales entidades, y 5º. Cuando la cuantía del juicio no excediere de 5.000 unidades de cuenta y el demandante optare por ejercitar su acción ante la justicia ordinaria.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 1203

1 fallo

  1. Acoge el recursoRol 8315-2012C.A. de Valparaíso27 ene 2014

    Demanda reconvencional

    Se acoge la casación en el fondo y se anula la sentencia de la Corte de Apelaciones, al estimarse que la competencia del árbitro de derecho se extendía al conocimiento de las demandas reconvencionales, por lo que la excepción de incompetencia absoluta debió desestimarse.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con Administradora de Naves Humboldt Limitada y OTROS.