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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 254

Código de Comercio, artículo 254

Texto del artículo

Art. 254. El comisionista puede obrar en nombre propio o a nombre de sus comitentes.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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