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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 480

Código de Comercio, artículo 480

Texto del artículo

Art. 480. Los comanditarios tienen la responsabilidad que impone y el derecho que otorga a los accionistas de las sociedades anónimas el artículo 456.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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