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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 618

Código de Comercio, artículo 618

Texto del artículo

Art. 618. La existencia del contrato de cuenta corriente puede ser establecida por cualquiera de las pruebas que admite este Código, menos por la de testigos.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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