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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 827

Código de Comercio, artículo 827

Texto del artículo

Art. 827. El concepto de nave comprende tanto el casco como la maquinaria y las pertenencias fijas o movibles que la complementan. No incluye el armamento, las vituallas ni fletes devengados.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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