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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 829

Código de Comercio, artículo 829

Texto del artículo

Art. 829. La nave conserva su identidad, aun cuando los materiales que la forman o su nombre sean sucesivamente cambiados.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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