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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 982

Código de Comercio, artículo 982

Texto del artículo

Art. 982. La responsabilidad del transportador por las mercancías comprende el período durante el cual ellas están bajo su custodia, sea en tierra o durante su transporte.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 982

2 fallos

  1. Rechaza el recursoRol 7480-2018C.A. de Santiago24 jul 2019

    Transporte marítimo

    Se rechaza el recurso de casación en el fondo, pues el recurrente pretende alterar los hechos fijados en el fallo sin denunciar vulneración a las normas reguladoras de la prueba, lo que impide su revisión por esta vía.

    • Casación en el fondo
    • Ace Seguros S a con Senator International Chile LIMITADA.
  2. Rechaza el recursoRol 23883-2014C.A. de Santiago22 jun 2015

    Reglas de la sana crítica

    Se rechazan los recursos: no se configuran los errores sobre el contrato de transporte multimodal y la responsabilidad solidaria del transportista marítimo se ajusta al artículo 1043 del Código de Comercio.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • Alusa S.A. con Kuehne Nagel LIMITADA.