Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo
- Fecha
- 25 de junio de 2014
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Bienes, posesión y dominio
- Carátula
- Compañia Agropecuaria Copeval con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 716-2013
- Primera instancia
- Juzgado de Letras de Nueva Imperial, Rol 170-2011
- Ministros
- Jorge Lagos Gatica, Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Jorge Lagos Gatica
- Normas aplicadas
- Código Civil: arts. 700, 702, 724, 924, 2505
Código de Procedimiento Civil: arts. 186, 686, 767 - Descriptores
- Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo · Recurso de casación en el fondo · Teoría de la posesión inscrita · Alzamiento de embargo · Traba del embargo · Justo título · Título translaticio de dominio · Error de derecho/Influencia sustancial · Actos posesorios · Tercería de posesión sobre los bienes embargados · Gestión preparatoria de la vía ejecutiva · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 16722-2013, 25 de junio de 2014, «Compañia Agropecuaria Copeval con»
Historia del caso
En el mismo rol 16722-2013
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 25 jun 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinticuatro de junio de dos mil catorce.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
VISTO:
Se reproduce la sentencia apelada con excepción de sus fundamentos 11° a 15°, que se eliminan.
Y SE TIENE EN SU LUGAR, PRESENTE:
Lo expresado en los fundamentos 6° a 8° del fallo de casación que precede y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha veinticinco de julio de dos mil trece, escrita a fojas 55, que acogió la tercería interpuesta a fojas 10 y, en su lugar declaró que esta queda desestimada, sin costas.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción del abogado integrante don Jorge Lagos G.
Rol N° 16.722-2013
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Patricio Valdés A., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Jorge Lagos G.
No firma el Abogado Integrante Sr. Lagos, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Autorizado por la Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veinticinco de junio de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.