Ocupación ilegal
- Fecha
- 27 de octubre de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Tema
- Ocupación ilegal
- Carátula
- nombre reservado (vargas Saez Luis Leonardo) con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 866-2014
- Primera instancia
- 3er JUZGADO CIVIL DE TEMUCO, Rol 6433-2012
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Jorge Lagos Gatica, Juan Figueroa Valdés, Patricio Valdés Aldunate
- Redacción
- Jorge Lagos Gatica
- Descriptores
- Ocupación ilegal · Contrato de arrendamiento · Precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Título fundante · Bien inmueble
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 3475-2015, 27 de octubre de 2015, «(vargas Saez Luis Leonardo) con»
Historia del caso
En el mismo rol 3475-2015
- Casación en el fondo Ocupación ilegal 27 oct 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de octubre de dos mil quince.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde, de conformidad con la ley.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia de primera instancia, a excepción de sus considerandos décimo noveno a vigésimo segundo, que se suprimen.
Se reproducen, asimismo, los basamentos tercero a décimo del fallo de casación que antecede.
Y TENIENDO PRESENTE:
Que de los antecedentes probatorios allegados al proceso no ha resultado justificada la situación de precario aducida por el actor en su demanda, desde que la tenencia por parte de los demandados del inmueble cuya restitución pretende no obedece a ignorancia o mera tolerancia suya.
Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2195 y 1713 del Código Civil y artículos 160, 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de treinta de junio de dos mil catorce, que se lee a fojas 145 y siguientes y, en su lugar, se declara:
a) Que se rechaza la demanda de fojas 4.
b) Que no se condena en costas al actor, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Jorge Lagos G.
Rol Nº 3475-2015.-.
. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Héctor Carreño S., Guillermo Silva G. y Abogados Integrantes Sres. Jorge Lagos G. y Juan Figueroa V.
No firma el Ministro Sr. Valdés, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con licencia médica.
Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintisiete de octubre de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.