- Fecha
- 28 de abril de 2016
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Tema
- Precario
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Antofagasta, Rol 1021-2014
- Primera instancia
- 2º Juzgado de Letras en Lo Civil de Antofagasta, Rol 501-2013
- Ministros
- Carlos Pizarro Wilson, Gloria Chevesich Ruiz, Juan Escobar Zepeda, Leonor Etcheberry Court, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Carlos Pizarro Wilson
- Descriptores
- Precario · Mera tolerancia · Bien inmueble
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 1920-2015, 28 de abril de 2016, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 1920-2015
- Casación en el fondo Precario 28 abr 2016
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiocho de abril de dos mil dieciséis.
En razón de lo precedentemente resuelto y de conformidad con lo que prevé el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta a continuación la sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la parte expositiva y los considerandos primero a décimo tercero de la sentencia de veintidós de enero de dos mil catorce, escrita a fs. 78 y siguientes.
Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE:
1°.- Lo razonado en el motivo quinto de la sentencia de casación que antecede;
2°.- Que, por lo tanto, el demandado ocupa el inmueble objeto del litigio en virtud de un contrato de comodato celebrado con su padre y actor, lo que impide que prospere la acción de precario conforme lo dispuesto en artículo 2195 inciso 2º del Código Civil.
Se confirma la sentencia apelada de veintidós de enero de dos mil catorce, escrita a fojas 68 y siguientes, sin costas.
Acordada con el voto en contra del ministro señor Ricardo Blanco H. y del Fiscal de la Corte Suprema señor Juan Escobar, quienes fueron de opinión de revocarla, sobre la base de lo que expusieron en su disidencia del fallo de casación.
Regístrese y devuélvase, con su agregado.
Redactó el Abogado Integrante don Carlos Pizarro Wilson.
N° 1920-2015.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Gloria Ana Chevesich R., Fiscal Judicial señor Juan Escobar Z., y los Abogados Integrantes señor Carlos Pizarro W., y señora Leonor Etcheberry C. No firma la Ministra señora Chevesich, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con licencia médica. Santiago, veintiocho de abril de dos mil dieciséis.
Autoriza el Ministro de Fe de la Excma. Corte Suprema.
En Santiago, a veintiocho de abril de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaria por el Estado Diario la resolución precedente.