- Fecha
- 21 de marzo de 2018
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Tema
- Siniestro
- Carátula
- Transportes Travasa Ltda. con Hdi Seguros S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9668-2016
- Primera instancia
- 8º Juzgado Civil de Santiago, Rol 11575-2015
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Guillermo Silva Gundelach
- Descriptores
- Siniestro · Póliza · Cobertura de la póliza · Contrato de transporte terrestre · Exclusiones de la cobertura de seguros · Póliza de transporte terrestre · Seguro de transporte terrestre · Transporte terrestre nacional
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 5100-2017, 21 de marzo de 2018, «Transportes Travasa Ltda. con Hdi Seguros S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 5100-2017
- Casación en el fondo Contrato de seguro 21 mar 2018
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiuno de marzo de dos mil dieciocho.
En cumplimiento a lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
Lo expuesto en los motivos cuarto a decimoseptimo del fallo de casación que precede, los que se tienen por reproducidos y como parte integrante de esta sentencia.
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de junio de dos mil dieciséis, escrita a fojas 207 y siguientes.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Guillermo Silva G.
Rol Nº 5.100-2017.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sr. Héctor Carreño S. Sr. Guillermo Silva G. Sra. Rosa María Maggi D. y Sr. Juan Eduardo Fuentes B.
No firma el Ministro Sr. Valdés, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones.